La situación de los penales se hace más crítica y requiere de urgente atención del Estado

Categoría: Derechos humanos, Medio ambiente
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Martes 28 de abril del 2020.
Redactado por: CNDDHH

Frente a la grave situación de vulnerabilidad al COVID-19 de las Personas Privadas de Libertad (PPL), así como de las y los trabajadores del sistema penitenciario, y los hechos de violencia y motines ocurridos ayer lunes 27 en los penales de Huancayo, Ica, Chiclayo y “Miguel Castro Castro” (en Lima), con un saldo de nueve internos muertos en éste último penal, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) se dirige a las autoridades competentes y a la opinión pública para señalar lo siguiente:

1.- Las condiciones de hacinamiento y afectación a la salud agravan la vulnerabilidad de las PPL al riesgo de contraer el COVID-19. El sistema penitenciario del Perú pasa por una grave crisis acumulada en el tiempo por la indiferencia y mala gestión de los gobiernos y autoridades sectoriales involucradas. Los datos del propio Instituto Nacional Penitenciario (INPE) revelan que la población en penales es de 95,548 internos, teniendo una capacidad de alberge para 40,137. Esta situación genera una condición de hacinamiento de 138% aprox. Del mismo modo la situación de afectación a la salud de las PPL alcanza al 55% de ellas, y sólo el 32% recibe tratamiento médico.

2.- El impacto de la pandemia del COVID-19 en penales se hace más crítica. La noche del lunes 27 las autoridades del INPE confirmaron que los casos de COVID-19 alcanzan a 645 internos en todo el país. Esta información corrobora lo revelado por un medio de comunicación la noche del domingo: que en los establecimientos penales se habían aplicado 1,107 pruebas rápidas, y que los internos con resultado positivo sumarían 609 casos. Esto indica que más del 50% de internos a los que se aplicó la prueba han contraído el COVID-19 en los penales.

3.- La falta de información e incertidumbre frente al COVID-19 generan malestar en las PPL, sus familias, así como, en las y los trabajadores penitenciarios. Entre los meses de marzo y abril, en pleno contexto de la emergencia sanitaria, se han producido 10 motines en los penales de Río Seco (Piura), Picsi (Lambayeque), El Milagro (La Libertad), Ancón 1 y 2 (Lima), Yanamilla (Ayacucho), Huamancaca (Junín) y Castro Castro (Lima), provocando el lamentable saldo de 14 internos fallecidos y más de 45 heridos. Del mismo modo, la suspensión indefinida de las visitas en los penales, así como la falta de información oficial sobre la situación de los internos, han generado incertidumbre y preocupación en las PPL, sus familias, así como, en los propios trabajadores del sistema penitenciario. El INPE tampoco ha hecho público el protocolo que están siguiendo para contener la propagación del virus en sus establecimientos. Se señala que han establecido un «anillo de seguridad» sin brindar detalles de lo que significa y por tanto, dificulta la fiscalización. Estos hechos, sumados a lo ocurrido en Castro Castro -con la lamentable pérdida de la vida de 9 internos-, son inaceptables y evidencian el fracaso del estado peruano para tratar la situación de los penales.

4.- El llamado de atención de los mecanismos supranacionales a los estados sobre la situación de las PPL. Respecto a las PPL el estado peruano es responsable de garantizar la integridad, la salud y la vida de quienes se encuentran bajo su custodia, y su omisión le genera responsabilidad internacional. Al respecto la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos hizo un llamado a proteger la salud de internos en los penales, instando a los gobiernos para «que actúen de manera urgente para proteger la salud y seguridad de las personas en detención». En este mismo sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su Resolución 1/2020 «sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas», adoptada el 10 de abril, recomienda a los estados «adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privación de la libertad, incluida la reevaluación de los casos de prisión preventiva…», entre otras medidas urgentes.

5.- La situación de riesgo y vulnerabilidad del personal penitenciario. El 26 de abril, el Jefe del INPE Gerson Villar Sandy informó que 179 trabajadores de su institución habían resultado positivos a las pruebas a las que fueron sometidos y otros 5 habían fallecido en el contexto de la pandemia. Debe señalarse que cuatro días antes, el 22 de abril, el Ministro de Justicia informaba que 113 trabajadores del INPE se encontraban infectados, es decir, en el lapso de 4 días la cifra se incrementó en 66 personas. En penales como El Milagro (La Libertad) de 210 trabajadores solo 75 asisten en 3 turnos para una población de 5,575 internos, es decir, un promedio de un trabajador para 223 reclusos, situación que se repite en los demás penales del país. Este escenario explica el porqué de los plantones realizados por trabajadores del INPE que vienen demandando requerimientos de bioseguridad que a la fecha no han sido atendidos. Por ello, el Sindicato de Trabajadores Penitenciarios señala que “estamos en una situación de absoluto abandono” pues las 13,000 pruebas rápidas prometidas no se han hecho efectivas, ni se ha ofrecido explicación precisa sobre el avance en la aplicación de éstas.

Considerando la gravedad de la situación de los penales y la alta vulnerabilidad de las PPL a contraer el COVID-19, la CNDDHH propone:

  • Adoptar medidas urgentes para reducir el número de PPL, incluyendo la variación de las medidas de detención preventiva, la conversión de la pena privativa de libertad para personas que han cumplido la mayor parte de su condena y para internos de baja peligrosidad social como los deudores alimentarios, el otorgamiento de gracias presidenciales, y el retorno de presos extranjeros a sus países de origen, priorizando a las PPL que se encuentran internados en los centros penitenciarios con mayor hacinamiento y cuentan con condiciones previas que los hacen más vulnerables.
  • El INPE debe garantizar los derechos de acceso a la información y a la comunicación de las PPL. Urge establecer canales y medios de comunicación que permitan el contacto de las PPL con sus familiares e instituciones de soporte. Del mismo modo se debe fomentar la participación de las PPL en el diseño e implementación de las medidas de contención dentro de los penales.
  • Al MINSA le toca actuar en la emergencia de los penales para garantizar el acceso a servicios de salud para las PPL. Deben diseñarse protocolos para el aislamiento de casos dentro de los penales, el tratamiento de las personas afectadas y el retiro de los cuerpos en caso de fallecimiento. Por su parte, el INPE debe mejorar la infraestructura de saneamiento dentro de los penales, así como el acceso a una alimentación adecuada para las PPL.
  • Del mismo modo, urge garantizar las condiciones y los implementos de bioseguridad que faciliten la labor que desarrollan las y los trabajadores del INPE, así como, la aplicación de pruebas rápidas.

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